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NOVEDADES IMPUESTO CEDULAR A LAS GANANCIAS – RG 4394 y 4395 #GZTuEstudioContable

NOVEDADES IMPUESTO CEDULAR A LAS GANANCIAS – RG 4394 y 4395

  • Las entidades financieras, los agentes registrados en la Comisión Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión deberán:

  • La AFIP pondrá a disposición a través del servicio “Nuestra Parte”, la información -proveniente de los distintos regímenes de información- con que cuente en cada año fiscal.

  • Independientemente a que las operaciones se encuentren informadas en el régimen de información y se visualicen en nuestra parte, los contribuyentes deben respaldar la liquidación del impuesto con los siguientes documentos: