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IMPUESTO A LAS GANANCIAS : MODIFICACIÓN DE ALÍCUOTAS PARA SOCIEDADES

LEY (Poder Legislativo Nacional) 27630
BO (Nacional): 16/06/2021

Se establecen alícuotas escalonadas para las sociedades, sobre la base de la ganancia neta acumulada, según el siguiente detalle:
* Hasta $ 5.000.000: alícuota del 25%.
* Más de $ 5.000.000 y hasta $ 50.000.000: alícuota del 30%.
* Más de $ 50.000.000: alícuota del 35%.
Los citados montos se ajustarán anualmente, a partir del 1/1/2022, considerando la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Por otra parte, el monto fijo que se puede deducir en concepto de honorarios de directores se incrementará en un 40% cuando el perceptor sea mujer y en un 60% si se trata de travestis, transexuales y transgénero.

Las presentes disposiciones serán de aplicación para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2021.
LEY (Poder Legislativo Nacional) 27630
BO (Nacional): 16/06/2021