Se actualizan por semestre calendario ( enero y julio de cada año) tomando el IPC RG 4444/19.
A partir de Enero no será obligatorio identificar al comprador en la factura, cuando los importes no superen los:
- $61.534 para operaciones con pagos a través de medios electrónicos.
- $30.767 para operaciones realizadas en efectivo.
Cuando el importe de la operación supere esos montos deberán consignar los siguientes datos:
- Apellido y nombres.
- Domicilio.
- CUIT, CUIL, CDI o en su caso, numero de documento de identidad.