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REFORMA DEL ESTADO Y RECONSTRUCCIÓN DE LA ECONOMÍA – PROYECTO LEY ÓMNIBUS

A continuación se exponen los principales aspectos del proyecto “ley ómnibus” presentado ante el congreso, para su tratamiento en sesiones extraordinarias:

  • En materia fiscal
  • La ley propone que el Congreso haga efectiva la delegación legislativa prevista en la Constitución Nacional, declarando la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Se crea un nuevo régimen para la regularización excepcional de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social. (Moratoria)
  • En términos tributarios también se implementan programa de regularización y modificaciones en bienes personales e impuestos internos.
  • Se establece un Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones para proyectos nuevos o ampliaciones de existentes con incentivos, certidumbre, seguridad jurídica y protección eficiente.
  • Compras en el exterior: Se podrán ingresar productos importados para uso personal sin pagar impuestos (actualmente rige una franquicia de 500 USD, sobre el excedente se paga una tasa del 50%).
  • Cambios en retenciones a las exportaciones: Se fija en 15% la tasa de retención para la mayoría de las exportaciones, exceptuando a algunas economías regionales y al sector sojero que pagará el 33%.
  • En materia societaria
  • Actualización de la Ley de Sociedades N° 19.550 que permita incluir las nuevas herramientas tecnológicas existentes y solucionar los problemas que se han planteado a lo largo de su vigencia.
  • Se incluye como sociedad unipersonal a las sociedades de Responsabilidad Limitada, a fin de facilitar la radicación de empresas extranjeras.
  • A fin de solucionar el problema que suelen tener las sociedades cerradas cuando algunos socios minoritarios se desentienden de los asuntos sociales, se incorpora la posibilidad de cancelar su participación accionaria, abonándoles la parte del capital que les corresponda.
  • Se elimina en toda la ley la posibilidad de emitir acciones al portador, ya que por razones fiscales hace décadas que no están permitidas.
  • Se establece un nuevo régimen para los procesos sucesorios no contenciosos, facultando a los ciudadanos a transmitir la herencia a través un proceso extra judicial de manera más simple.
  • En materia laboral:
  • Blanqueo: los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la promulgación de la ley, accediendo a beneficios tales como la condonación de multas y sanciones.
  • Eliminación de formula vigente para actualizar jubilaciones y pensiones. En forma provisoria, se reemplazará por aumentos definidos por decreto por el Poder Ejecutivo.
  • Otros aspectos de interés general:
  • Combustibles: El estado no podrá tener control sobre los precios. Las empresas estatales podrán vender únicamente a valores similares a los internacionales.
  • Tarifas: se liberan los precios de la luz y el gas, con el objetivo de acelerar inversiones y fomentar el desarrollo de infraestructura privada.
  • Pasajes de micro y avión: Se anula la posibilidad de que la secretaria de Turismo de la Nación fije tarifas y precios de servicios de pasajes de micro y avión.
  • Divorcios: Se simplificaría el trámite en casos de común acuerdo, tramitando el divorcio ante el registro civil sin intervención de abogados ni jueces.
  • Educación: Se implementaría un examen obligatorio a alumnos al terminar la escuela, revalidar conocimiento de docentes cada cinco años y arancelamiento universitario para extranjeros no residentes.
  • Justicia: En casos de legítima defensa se quita el derecho de accionar legalmente a quienes son heridos mientras cometen delitos y a sus familias, en caso de muerte.
  • Privatización de empresas públicas.
  • Cultura: se eliminará el precio único de los libros y se planea restringir el financiamiento a bibliotecas populares.
  • En materia electoral Eliminación de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias y establecimiento de un nuevo sistema de elección de diputados, disminuyendo la representación de las provincias que concentran menor cantidad de habitantes en la cámara de diputados.