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Moratoria impositiva del nuevo proyecto de ley Bases

El paquete fiscal enviado al Congreso incluye una amplia moratoria que permitirá pagar las obligaciones impositivas y de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024 en hasta 84 cuotas con diversos beneficios como la condonación de la totalidad de las multas y de hasta el 70% de los intereses por los saldos adeudados, dependiendo la modalidad de pago.

Se tendrán en cuenta deudas incluidas en planes de facilidades de pago -caducos o no- y en discusión administrativa y judicial, previéndose para estos casos la extinción de la acción penal una vez cancelada la totalidad de la deuda, en la medida que no exista sentencia firme a la fecha de cancelación.

Los beneficios dependerán de la modalidad de pago y los plazos:

  1.  Pago contado (o plan de tres cuotas):
  1. la adhesión en los primeros 30 días corridos habilitará la condonación del 70% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados;
  2. a partir de los 31 días de vigencia y hasta los 60 días, se perdonará el 60% de intereses; y
  3. si la adhesión es a partir los 61 días de vigencia y hasta los 90 días, la quita será del 50%.
  1. En caso de cancelar deuda con un plan de facilidades de pago:
  1. la condonación será del 40% de los intereses si la adhesión ocurre dentro de los 90 días corridos de la vigencia, y
  2. del 20% a partir de los 91 días corridos.

Se ingresará un  pago a cuenta según el caso:

  1. las MiPymes, un 15% en hasta 84 cuotas;
  2. las medianas empresas, un 20% en hasta 48 pagos;
  3. y el resto de los contribuyentes, un 25% en hasta 36 cuotas.
  4. las personas humanas (excepto que califiquen como PyME) ingresarán un anticipo del 20% de la deuda en hasta 60 cuotas mensuales.

La tasa de financiación será calculada en base a la tasa de descuentos comerciales del Banco Nación.