El paquete fiscal enviado al Congreso incluye una amplia moratoria que permitirá pagar las obligaciones impositivas y de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024 en hasta 84 cuotas con diversos beneficios como la condonación de la totalidad de las multas y de hasta el 70% de los intereses por los saldos adeudados, dependiendo la modalidad de pago.
Se tendrán en cuenta deudas incluidas en planes de facilidades de pago -caducos o no- y en discusión administrativa y judicial, previéndose para estos casos la extinción de la acción penal una vez cancelada la totalidad de la deuda, en la medida que no exista sentencia firme a la fecha de cancelación.
Los beneficios dependerán de la modalidad de pago y los plazos:
- Pago contado (o plan de tres cuotas):
- la adhesión en los primeros 30 días corridos habilitará la condonación del 70% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados;
- a partir de los 31 días de vigencia y hasta los 60 días, se perdonará el 60% de intereses; y
- si la adhesión es a partir los 61 días de vigencia y hasta los 90 días, la quita será del 50%.
- En caso de cancelar deuda con un plan de facilidades de pago:
- la condonación será del 40% de los intereses si la adhesión ocurre dentro de los 90 días corridos de la vigencia, y
- del 20% a partir de los 91 días corridos.
Se ingresará un pago a cuenta según el caso:
- las MiPymes, un 15% en hasta 84 cuotas;
- las medianas empresas, un 20% en hasta 48 pagos;
- y el resto de los contribuyentes, un 25% en hasta 36 cuotas.
- las personas humanas (excepto que califiquen como PyME) ingresarán un anticipo del 20% de la deuda en hasta 60 cuotas mensuales.
La tasa de financiación será calculada en base a la tasa de descuentos comerciales del Banco Nación.