Reglamentamos la moratoria que permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31.03.24.
Incluye obligaciones:
- En curso de discusión administrativa o judicial
- Por Aporte Solidario y Extraordinario
- De los agentes de retención y percepción
- Planes de facilidades de pagos
- Multas por infracciones al Código Aduanero
¿Cuáles son las exclusiones?
- Aportes y contribuciones de Obra social
- Deudas de ART
- Aportes y contribuciones de Casas Particulares
- Cotizaciones del Monotributo
- Cuotas de Seguro de vida obligatorio.
- Tributos, intereses y multas del art. 488 del Código Aduanero.
- Aportes y contribuciones del RENATEA y RENATRE.
Entre otras
Hay más facilidades para micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y monotributistas
▶️ Se podrán incluir deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31/03/2024.
▶️ Regularización de planes de facilidades de pagos vigentes al 31 de marzo de 2024
30% de condonación de intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de consolidación original
▶️ Intereses resarcitorios y punitorios adeudados por obligaciones fiscales canceladas con anterioridad al 31 de marzo de 2024, inclusive
100% de condonación
FUENTE: @afipcomunica
AFIP RG 5525/2024