El Gobierno reglamentó la operatividad del RIGI, un régimen que ofrece previsibilidad, incentivos fiscales y jurídicos durante 30 años para atraer proyectos de inversión que superen los 200 millones de dólares.
Arca mediante la Resolución General 5590/2024, implementa beneficios impositivos y aduaneros para quienes adhieran al Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI) con estabilidad fiscal por un plazo de 30 años.
BENEFICIOS TRIBUTARIOS
- Una alícuota especial del 25% para el impuesto sobre las ganancias generadas por Vehículos de Proyecto Único (VPU)
- Opción de acogerse a una amortización acelerada de los activos involucrados en los proyectos.
- El IVA será cancelado con certificados de crédito fiscal sin requerir autorización previa de la AFIP.
- Impuesto a los débitos y créditos será 100% computable como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.
BENEFICIOS ADUANEROS
- Exención de aranceles- tasa estadística y todo régimen de percepción, recaudación o retención de impuestos nacionales y/o locales en las importaciones temporales como las definitivas para consumo de bienes de capital, nuevos, repuestos, partes y componentes.
- Además, las exportaciones de la producción de un VPU adherido al RIGI se encontrarán exentas de impuestos a partir del tercer año de la aprobación del proyecto y del segundo año cuando se trate de uno “estratégico” de USD 1.000 millones o más. A su vez, a estos bienes no se les podrán aplicar prohibiciones o restricciones de cualquier tipo, ya sean cupos, precios oficiales o prioridades para abastecer el mercado interno.
La AFIP será el organismo a cargo del otorgamiento de una clave especial con un CUIT específico para los proyectos adheridos al RIGI, la instrumentación del certificado de crédito fiscal, y la adecuación de los sistemas del organismo para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias que contemplen el cómputo de los beneficios previstos en el régimen, entre otras tareas.