¿Cuales son los cambios?
La Resolución General 5616/2024, publicada en el Boletín Oficial, aclara el tipo de cambio a considerar en esas operaciones y actualiza las distintas modalidades de emisión de comprobantes para quienes realicen operaciones en moneda extranjera:
- Cuando se abonen en la misma moneda, deberá utilizarse el tipo de cambio vendedor divisa informado por el Banco Nación correspondiente al día hábil anterior al de la emisión de la factura.
- En los comprobantes electrónicos en moneda extranjera, cuando se informe que se cancela en la misma moneda, el sistema consignará el tipo de cambio automáticamente.
- Quienes utilicen controladores fiscales de nueva tecnología, para documentar operaciones en moneda extranjera que se cancelen en la misma moneda podrán utilizar “comprobantes en línea”o en el facturador web.
Esta medida busca modernizar el Proceso de Facturación, garantizando mayor claridad para las obligaciones de quienes operan en este ámbito.