Por aplicación de RG AFIP Nº 4919/2021 desde 01/04/2021 Las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMES) podrán endosar, ceder y descontar la Factura de Crédito Electrónica (FCE) desde una cuenta bancaria, lo que posibilitará la circulación extrabursátil, negociación, transmisión, cancelación mediante compensación interbancaria, y el registro de su cancelación luego de su aceptación (tácita o expresa) y antes de su vencimiento.
Con una operatoria similar a la del cheque electrónico (echeq), el Sistema de Circulación Abierta de la FCE permitirá que las MiPyMES proveedoras de grandes empresas puedan acceder a una mayor cantidad de fuentes de financiamiento anticipado así como también mejorará la certeza de cobro, ya que el comportamiento de pago de las empresas deudoras será informado a una Central de Deudores de FCE impagas al vencimiento que administrará el Banco Central.
En el sitio web https://servicioscf.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica/default.asp se podrán encontrar los manuales de usuario para que los desarrolladores adapten el sistema de facturación e incorporen la posibilidad de hacerlo a través de operatoria bancaria.
Adicionalmente, en caso de que alguna FCE resulte impaga se podrán celebrar acuerdos de pago extrajudiciales en el sistema, o bien, solicitar la emisión de un comprobante para ejercer acciones legales.