Que bienes personales están alcanzados por el impuesto al 31/12/2023:
- los inmuebles y bienes muebles registrados,
- los automóviles (quedan liberados de la carga después de 5 años de su ingreso al patrimonio),
- los ahorros en billetes,
- los saldos de cuentas corrientes bancarias,
- los títulos, acciones, cuotas o participaciones sociales (ingresa la Sociedad a alícuota diferente),
- las criptomonedas,
- los saldos de billeteras virtuales. Podrian quedar gravadas si el dinero depositado fue invertido en FCI gravados,
- cuentas comitentes bursátiles,
- los patrimonios de empresas o explotaciones unipersonales,
- los créditos,
- los bienes y depósitos en el exterior.
Que bienes están exentos al 31/12/2023:
- los saldos de depósitos a plazo fijo,
- Los saldos en cajas de ahorro bancarias,
- las cuentas individuales de seguro de retiro,
- las cuotas sociales de cooperativas,
- los inmuebles rurales,
- los títulos y bonos emitidos por el Estado en sus diferentes niveles,
- las obligaciones negociables,
- algunos Fondos Comunes de Inversión. Según cumplan con las condiciones legales. Por ej: Fondo Fima, Alpha etc.