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Últimas Modificaciones en materia de Facturación – Aplicación de Rg 4290, 4291 y 4292

  • Responsables Inscriptos: Los obligados  a  utilizar controladores fiscales podrán reemplazar dicha obligación por la emisión de facturas electrónicas.
  • Contribuyentes exentos  en IVA:  Deben optar por la emisión de factura electrónica o controladores fiscales.En consecuencia, las facturas manuales solo podrán ser utilizadas en situaciones excepcionales corte de luz, falla de conexión, etc.
  • Reemplazo de Controladores Fiscales por los de nueva tecnología: Los controladores fiscales de vieja tecnología pueden ser utilizados hasta 1/2021, pero se efectuarán cambios de memoria fiscal solo hasta el 31/03/2019 ( para controladores de antigüedad mayor a 1 año).
  • Facturación a consumidores finales: Se eleva hasta $ 5.000 el importe a partir del cual es obligatorio consignar los datos del consumidor final.