NOVEDADES IMPUESTO CEDULAR A LAS GANANCIAS – RG 4394 y 4395
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Las entidades financieras, los agentes registrados en la Comisión Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión deberán:
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La AFIP pondrá a disposición a través del servicio “Nuestra Parte”, la información -proveniente de los distintos regímenes de información- con que cuente en cada año fiscal.
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Independientemente a que las operaciones se encuentren informadas en el régimen de información y se visualicen en nuestra parte, los contribuyentes deben respaldar la liquidación del impuesto con los siguientes documentos: