Debe tenerse presente que la prórroga dispuesta recientemente -por la RG (AFIP) 4506- para las presentaciones de las declaraciones juradas de las personas humanas no modifica las fechas de vencimiento para el ingreso de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta.
El plazo previsto para el pago del impuesto es el siguiente:
📌CUIT 0, 1, 2 y 3: el día 19/6/2019
📌CUIT 4, 5 y 6: el día 21/6/2019
📌CUIT 7, 8 y 9: el día 24/6/2019
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