¿Cuándo vence ahora la primera etapa del blanqueo? Lo que se prorrogó es la fecha límite para la manifestación de adhesión y para el pago adelantado obligatorio que vencían el 30 de septiembre. Con esta prórroga vencen el próximo 31 de octubre.
¿También se prorrogó la presentación de la declaración jurada del blanqueo de la primera etapa? No, no se ha prorrogado la fecha límite para la presentación de la declaración jurada y para el pago del saldo del impuesto especial del blanqueo correspondientes a la primera etapa, se mantiene el vencimiento el 30 de noviembre próximo.
¿Qué significa la prórroga de la primera etapa? Con esta prórroga, habrá plazo hasta el próximo 31 de octubre para depositar efectivo en CERA o para transferir fondos desde el exterior a una CERA. También significa que hasta dicha fecha se podrán regularizar bienes no declarados a la alícuota del 5%
Si un sujeto depositó fondos en septiembre, ¿puede nuevamente depositar en octubre? Un sujeto podrá regularizar fondos no declarados entre el 1° y el 31 de octubre, sin importar si regularizó o no fondos durante el mes de septiembre.
Si un sujeto depositó fondos en septiembre, ¿puede retirarlos en octubre? Sí, podrá retirarlos en octubre. Pero quienes retiren en forma total o parcial fondos a partir del 1º de octubre de 2024, no podrán depositar fondos adicionales a partir de esa fecha de retiro.
¿Hasta qué fecha deben mantenerse depositados los fondos regularizados en octubre? Deberán mantenerse depositados en las cuentas especiales (CERA), o afectados a los destinos e inversiones autorizados, hasta el 31 de octubre de 2024, inclusive.
A partir del 1° de noviembre de 2024, si los fondos totales exteriorizados no superasen la suma de US$ 100.000 podrán retirarse sin que queden sujetos a retención alguna. Cuando el monto total sea mayor a US$ 100.000, y para no quedar sujetos a la retención del 5%, deberán continuar depositados en una cuenta CERA o afectados a los destinos e inversiones autorizados, hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive.
Se puede regularizar fondos no declarados, haciendo depósitos en septiembre y en octubre? Sí, se puede seguir depositando en octubre.
¿Se pueden retirar en octubre los fondos que deposité en septiembre? Sí, pero una vez que se retiren fondos de la CERA no se podrán hacer nuevos depósitos. Los fondos que se hubieren regularizado hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive, podrán retirarse a partir del 1° de octubre de 2024, aun cuando se hubieran regularizado nuevos fondos durante el período de prórroga –los que solo podrán realizarse con anterioridad a dicho retiro–.