Por medio de la ley 27679, se prorrogan por 360 días corridos, contados a partir del 22 de agosto de 2022, los plazos referidos al blanqueo de capitales para quienes inviertan en los proyectos de construcción -Título II de la ley 27613-. Compartimos a continuación los principales puntos de la normativa:
- La exteriorización voluntaria de tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior se podrá realizar hasta el día 17 de agosto de 2023.
- El valor de la tenencia que se declare estará sujeto a la aplicación de un impuesto especial, cuya alícuota depende de la fecha en la que se depositen los fondos en una cuenta especial:
Fecha deposito | Alícuota |
Hasta 20/11/2022 | 5% |
Entre 21/11/2022 y 18/02/2023 | 10% |
Entre 19/02/2023 y 17/08/2023 | 20% |
- En materia de empleo se prevé la transformación de Planes, Programas Sociales y Prestaciones de la Seguridad Social en Trabajo Formal de Calidad para aquellos sujetos que sean contratados en el marco del Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la vivienda y cumplan con la capacitación y los cursos de formación que se establezcan.
- Se invita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las provincias para que establezcan exenciones en el impuesto de sellos y promuevan que sus municipios otorguen incentivos tributarios, en el marco del régimen.
- El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Desarrollo Social deberán establecer las pautas para determinar la procedencia y el alcance de la compatibilidad del trabajo registrado con los programas sociales que otorguen prestaciones dinerarias a personas en situación de vulnerabilidad social.
A la fecha se encuentra pendiente la reglamentación de AFIP y de BCRA.