A través del Decreto 608/2024, se reglamentó la ley 27.743 en lo referente a:
- Moratoria
El decreto contiene dos artículos referidos a la extinción de la acción penal y a la tasa de financiación que fijará la AFIP, en base a la tasa BNA actualizada trimestralmente hasta diciembre de 2025 y semestralmente a partir de 2026.
- Blanqueo de capitales
Se prevé que el Ejecutivo podrá prorrogar las fechas para la manifestación de la adhesión y el pago adelantado hasta el 31 de julio de 2025 considerando no menos de 3 meses entre los plazos.
El tipo de cambio para determinar la base imponible será de $ 1.000, se permite el pago del impuesto especial en pesos, en determinadas circunstancias y se realizan precisiones sobre la valuación de distintos activos.
- Pago anticipado de Bienes Personales
Se detallan cuestiones relativas a la residencia fiscal de los contribuyentes, se puntualiza que las personas que ingresen al blanqueo deben ejercer la opción de adherir al REIBP por todos los bienes (regularizados y no regularizados), se brindan precisiones sobre la forma de cálculo del pago anticipado.
Queda pendiente la reglamentación del Impuesto a las Ganancias y la publicación de las nuevas tablas del Monotributo, entre otros temas adicionales