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EMERGENCIA AGROPECUARIA PROVINCIA DEL CHACO – DECRETO 76/2023

Se ha declarado Estado de Emergencia Agropecuaria a través del Decreto Provincial Nº 76/2023, que rige para las actividades ganadera y agrícola en la totalidad del territorio de la Provincia del Chaco y tendrá vigencia por el término de 180 días, desde la firma del decreto, plazo que podrá ser objeto de prórroga.

Principales aspectos de la declaración de Emergencia Agropecuaria:

  • Prorroga de vencimientos del pago de impuestos que graven el patrimonio, capitales o ganancias de las explotaciones afectadas cuando esto recaiga en el mismo período en el que esté vigente el estado de emergencia, hasta el ejercicio siguiente a su finalización.
  • AFIP suspenderá la iniciación de juicios de ejecución fiscal para el cobro de impuestos adeudados hasta el período siguiente a la finalización del período de emergencia o desastre. En caso de que ya estuviera iniciado, deberá paralizarse hasta que expire el lapso por el cual se decretó la emergencia o desastre.
  • Cuando se produzcan ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina podrá deducirse en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el 100% de los beneficios derivados de tales ventas. Esta deducción se computará en los ejercicios fiscales en que las ventas hubieran tenido lugar.
  • AFIP también podrá establecer la exención total o parcial del pago del impuesto a los Bienes Personales sobre los bienes ubicados en las explotaciones agropecuarias sobre los inmuebles rurales arrendados si se encuentran en zona de desastre. Al mismo tiempo, el organismo podrá determinar la exención de otros tributos como Ganancias, el componente impositivo del Monotributo y las contribuciones a la Seguridad Social.
  • Productores Monotributistas, gozarán de la prórroga del pago del componente impositivo y una reducción del 50% si está englobado en el estado de emergencia y del 75% si se trata de zona de desastre.

 

ANUNCIO ADICIONAL:

  • Desembolso de 500 millones de pesos para perforaciones, acarreo de agua y contratación de equipos para garantizar el suministro;
  • Se puso en marcha un sistema de emergencia para prevenir e intervenir en focos ígneos detectados
  • Aplicar un programa de regulación de pesca compatible con la evolución de la altura del río.

 

ACLARACIONES A LA FECHA:

  • se encuentra pendiente de homologación por parte del Gobierno Nacional.
  • se encuentra pendiente de definición el “periodo de emergencia” y fecha límite de solicitud de Certificados.