Modificaciones en la legislación laboral contenidas en la Ley de Bases N° 27742 la cual entró en vigencia el 9 de Julio de 2024 y tiene algunos puntos pendientes de reglamentación.
JUSTA CAUSA DE DESPIDO
– Podrá configurar grave injuria laboral la participación activa en bloqueos o tomas de establecimiento.
Se presumirá que existe injuria grave cuando durante una medida de acción directa: a) se afecte la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza; b)
se impida u obstruya total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento; c) se ocasionen daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros situadas en el establecimiento.
Previo al despido con justa causa, el empleador deberá intimar al trabajador a que cese con la conducta injuriosa, excepto en los casos de daños a las personas o cosas donde la producción del daño tornare inoficiosa la intimación.
DESPIDO DISCRIMINATORIO
– En los casos de despido motivado por un acto discriminatorio la prueba del hecho quedará a cargo de quien invoque la causal y se establece una indemnización especial
Indemnización agravada especial que ascenderá al 50% de la indemnización por despido sin justa causa. Asimismo, y según la gravedad de los hechos, los jueces podrán incrementar dicha indemnización agravada hasta el 100% de la indemnización por despido sin justa causa.
CAMBIOS EN EL TRABAJO AGRARIO
– Establece que el contrato de trabajo se considerará celebrado con carácter permanente y como de prestación continua
Se otorga libertad de contratación a los empleadores, sin necesidad de tener que aceptar los empleados enviados o sugeridos por las bolsas de trabajo, garantizando la libertad de contratación.
DEROGACIÓN DE MULTAS POR FALTA DE REGISTRACIÓN LABORAL
– Se derogaron así todas las multas previstas por la Ley Nacional de Empleo
Se derogaron así todas las multas previstas por la Ley Nacional de Empleo referidas a la falta de registración, o registración deficiente, y por falta de entrega de los certificados previstos en el artículo 80 LCT